Homologar los guardabarros de moto es esencial para asegurar la seguridad, el rendimiento y el cumplimiento normativo. Durante la homologación, se verifica que los guardabarros sean apropiados para el modelo de moto y eviten la proyección de agua, lodo y escombros hacia otros vehículos y peatones. Esto previene posibles accidentes causados por la reducción de visibilidad o distracciones en la vía. Además, se evalúa que los guardabarros no interfieran con otros componentes, como las ruedas, y que cumplan con regulaciones de dimensiones y resistencia. Unos guardabarros homologados garantizan una conducción segura, evitan problemas legales por incumplimiento y contribuyen a la protección de todos los usuarios en la carretera.
Es habitual que cuando se modifica el guardabarros delantero, sea para reducir su tamaño o cambiar su aspecto y el trasero debido al cambio del subchasis trasero. No suele haber problemas a la hora de modificarlo siempre y cuando se respeten unos mínimos y máximos. El guardabarros debe siempre cubrir la anchura del neumático y no debe salir por la parte frontal de la moto, además de no tocar el neumático.
Es necesario que una moto posea ambos guardabarros para pasar la ITV.

La normativa vigente para este tipo de reformas es el Acta Reglamentaria 8 (Acondicionamiento exterior) del Real Decreto 866/2010.
Información recogida del Manual de Reformas de Vehículos, Grupo Nº8: Carrocería (8.51 Modificaciones que afecten a la carrocería de un vehículo, 8.52 Modificación, incorporación o desinstalación de elementos en el exterior del vehículo, 8.60 Sustitución o modificación del carrozado de un vehículo)
Por estas razones es de gran importancia homologar los guardabarros de la moto.
INFORMACIÓN NECESARIA
- Ficha técnica.
- Permiso de circulación.
- Fotografías de la reforma.
- Marca, modelo y referencia del componente.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA ITV
- Proyecto técnico.
- Certificado de final de obra.
- Informe de conformidad.
- Certificado de taller.
¿DUDAS?