Solo se podrá cambiar si el vehículo original no tiene airbag. Si no tiene airbag no se puede homologar ya que se disminuirían las condiciones de seguridad del vehículo. En caso de no tener airbag originalmente, y si no varía el diámetro en más de un 10%, no se considera reforma de importancia. Si la diferencia entre volantes es superior al 15%, habría que realizar una prueba de dirección. Si instalamos una piña separadora o distanciador, si es necesario homologar el volante desplazado.

Homologar el volante de un coche es fundamental para asegurar que cumple con los estándares de seguridad y requisitos legales establecidos. Durante la homologación, se evalúa que el volante sea ergonómico y funcional, permitiendo un control adecuado del vehículo. Además, se comprueba que no obstruya la visión del conductor ni interfiera con otros dispositivos. La homologación también considera sistemas de airbag y componentes eléctricos relacionados con el volante, para garantizar su funcionamiento correcto en caso de colisión. Asimismo, se verifica que el volante cumpla con los estándares de resistencia y durabilidad necesarios para enfrentar situaciones de emergencia. Un volante homologado asegura la seguridad del conductor y pasajeros, cumple con regulaciones viales y evita problemas legales al circular en la vía pública. Es una pieza fundamental que debe ser homologada del coche para su uso de forma correcta por el conductor.

Volante

En este caso deben cumplir las directrices establecidas por la Acta Reglamentaria 8 (‘Acondicionamiento interior’) del Real Decreto 866/2010.

Información recogida del Manual de Reformas de Vehículos, Grupo Nº6: Dirección (6.1 Modificación del sistema de dirección, 6.2 Cambio de emplazamiento o desinstalación de volante, 6.3 Sustitución del volante por otro)

INFORMACIÓN NECESARIA

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA ITV


¿DUDAS?