El Real Decreto 866/2010 dicta las pautas que deben de cumplir los de cumplir los faros de los vehículos. Estos criterios o pautas son:

Faros

HOMOLOGACIÓN DE FAROS

En el caso de que se sustituya el faro completo, se deben respetar los anclajes originales, además de tener un certificado de homologación que certifique el número de lúmenes.

HOMOLOGACIÓN DE LUCES DE CRUCE

Este tipo de luces no se pueden ampliar, si no que se cambian por otras con su respectivo certificado de homologación y con los mismos lúmenes.

HOMOLOGACIÓN DE LUCES DE LARGO ALCANCE

En ningún caso se pueden ampliar los 100 lúmenes para luces de largo alcance o carretera, además de que deben contar con contraseña de homologación europea.

HOMOLOGACIÓN DE LUCES DIURNAS

Las luces diurnas son elementos de seguridad que permite ver y ser mejor vistos por el resto de conductores a cualquier hora del día.

El RD 866/2010 considera que añadir este tipo de luces es una reforma de importancia, y para ello, deben cumplir una serie de requisitos:

Información recogida del Manual de Reformas de Vehículos, Grupo Nº9: Alumbrado (9.1 Adición o desinstalación de cualquier elemento, dispositivo, sistema, componente o unidad técnica independiente de alumbrado y señalización, 9.2 Modificación o sustitución de cualquier elemento, dispositivo, sistema, componente o unidad técnica independiente de alumbrado y señalización, en cuanto a ubicación o características)

INFORMACIÓN NECESARIA

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA ITV


¿DUDAS?